Regulación del acuerdo de voluntades entre entidades responsables de pago, prestadores de servicios de salud y proveedores de tecnologías en salud.
Acuerdo de voluntades entre las entidades responsables de pago, los prestadores de servicios de salud y los proveedores de tecnologias en salud.
Decreto que busca regular los acuerdos de voluntades entre las entidades responsables de pago, prestadores de servicios de salud y proveedores de tecnologías en salud.
¿En qué consiste?
Regula el proceso y los modelos de contratación en salud en etapas pre-contractuales, contractuales y post-contractuales entre los actores del sistema de salud.
Actores involucrados
Son los encargados de implementar lo dispuesto en el decreto 441.
Los tiempos para esto dependerán del proyecto de reforma que se encuentra en este momento en curso.
Se derogarían las resoluciones 3047/2008 y 3253/2009.
Entidades Responsables de Pago: EPS, EAPB, ARL, entidad territorial.
Prestadores de Servicios de Salud: IPS - Registro en REPS (Registro especial de prestadores de servi- cios de salud)
Proveedores de tecnologías en salud: Dis- posición, almacenamiento, venta o entrega de tecnologías en salud, incluyendo opera- dor logístico, gestor farmacéutico, ONG, universidades y otras entidades privadas.
¿A quiénes beneficia?
A todos los actores incluidos (Responsables de pago (ERP), IPS, PTS) ya que se establecen claramente unas "reglas de juego" entre los diferentes actores que son de obligatorio cumplimiento.
Población afiliada sin importar el régimen en el cual se encuentre, ya que se busca garantizar la oportunidad y el acceso a los diferentes servicios y tecnolo- gías de salud sean o no financiados por la Unidad de Pago por Capitación (UPC).
Conclusión
El Decreto 441 busca dar claridad y definir las condiciones que deben ser de obligatorio cumplimiento en las relaciones con- tractuales.
Con unos requisitos mínimos, definición y medición constante de indicadores de proceso y resultados, se busca garantizar el cumplimiento de las condiciones pactadas en los acuerdos de voluntades.
Busca garantizar el adecuado flujo de recursos según tarifas y modalidades de contratación pactadas.
Impulsa la cubertura de las necesidades en salud de la población en general mediante un servicio oportuno, continuo, con cali- dad y acceso, el cual debe ser medible, evaluable, ajustable y enfocado en resultados en salud.
La información presentada en este material esta basada en las siguientes fuentes de referencia:Decreto 441 de 2022 - Gestor Normativo. (s/f). Gov.co. Recuperado el 29 de febrero de 2024, de https://www.funcionpublica.gov.co/eva/gestornormativo/norma.php?i=184728 Material diseñado con fines educativos y contiene recomendaciones generales que en ningún caso pretenden reemplazar la consulta médica. Estas recomendaciones deben ser discutidas y acordadas con su médico tratante. Es estrictamente prohibido compartir este ma- terial con terceros. MAT-CO-2400858 v1.0 (02/2024)
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