Plan de Beneficios en Salud (Colombia)
Definición de los servicios y tecnologías incluidas en el Plan de Beneficios en Salud, actores, responsabilidades y beneficiados.
El Plan de Beneficios en Salud (PBS) es el conjunto de servicios de salud (procedimientos, medicamentos, exámenes de laboratorio, imágenes diagnósticas) que las EPS deben garantizarle a todas las personas afiliadas al
Sistema de Seguridad Social en Salud (SGSSS), tanto en el Régimen Contributivo como en el Subsidiado.
¿En qué consiste?
Incluye todos aquellos servicios y tecnologías que se financian con la Unidad de Pago por Capitación (UPC), definidos en las normas expedidas por el Ministerio de Salud y Protección Social.
Busca satisfacer las necesidades en salud de la población con residencia en el territorio colombiano afiliada al SGSSS, ya sea al régimen contributivo (cotizantes o beneficiarios) o subsidiado.
Actores Involucrados
- EPS.
- Entidad Responsable de Pago (ERP).
- Institución Prestadora de Servicios de Salud (IPS). Proveedor de Tecnologias de Salud (PTS).
- Operadores Logisticos (OL).
- Gestores Farmaceuticos (GF).
- Organismos de inspección, vigilancia y control:
- Ministerio de Salud y Protección Social (MSPS).
- INVIMA
- Superintendencia Nacional de Salud y Secretarias de Salud
Responsabilidad de los actores
- Garantizar la oferta y prestación efectiva de los servicios de salud a todos los afiliados (acceso, oportunidad, continuidad, pertinencia y seguridad).
- Los entes de inspección, vigilancia y control, deben asegurar el cumplimiento de lo dispuesto en la resolución 2808 del 2022 y la calidad de la prestación de los servicios.
Beneficiados del PBS
- Se garantiza el acceso a un conjunto de tecnologías en salud que el sistema definido por la normatividad vigente.
El 29 de diciembre de 2023 mediante la resolución 2366/2023 se reaalizó la actualización integral de los servicios y tecnologías financiados por la UPC, se incluyeron 80 principios activos + 40 modificaciones, adicionalmente se incluyeron 73 procedimientos. Esta actualización será financiada por un 2,3% del incremento realizado a la UPC para el año 2024.
La información presentada en este material esta basada en las siguientes fuentes de referencia: Salud y Protección, M. (2022 12). Resolución número 2808 de 2022. Minsalud.gov.co. https://www.minsalud.gov.co/-Normatividad_Nuevo/Resoluci%C3%B3n%20No.%202808%20de%202022.pdf / Salud y Protección Social, M. (s/f). Plan de Beneficios en Salud. minsalud.gov.co. https://www.minsalud.gov.co/salud/POS/Pagi- nas/plan-obligatorio-de-salud-pos.aspx / Salud Y Protección Social, M. (2023 12). RESOLUCIÓN NÚMERO 2366 DE 2023. minsalud.gov.co. https://www.minsalud.gov.co/Normatividad_Nuevo/Resolucio%C-C%81n%20No%202366%20de%202023.pdf
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